El documento no basta: la norma pide el registro
La Resolución 2674 de 2013 pide dos cosas distintas por cada programa del plan de saneamiento: el procedimiento escrito y la evidencia de que se ejecutó. Tener el manual impreso y archivado cumple la primera mitad.
La mayoría de los hallazgos en visita sanitaria salen de la segunda mitad. El procedimiento dice que la cámara de refrigeración se desinfecta cada semana, y no hay forma de mostrar que las últimas ocho semanas se hizo. Un procedimiento sin registro de ejecución es un documento, no un control.
Por eso el registro necesita fecha, responsable y resultado. Una planilla firmada al final del mes, con todas las firmas iguales y la misma tinta, no sostiene la trazabilidad que la autoridad busca.
Qué debe contener cada procedimiento
Cada POES describe una tarea concreta y responde cinco preguntas: qué se hace, dónde, quién lo hace, cada cuánto, y con qué producto en qué concentración y tiempo de contacto.
La concentración y el tiempo de contacto son los datos que más se omiten y los que más se preguntan. Un desinfectante aplicado por debajo de su concentración de uso no desinfecta, y la ficha técnica del producto es el soporte de que la concentración elegida es la correcta.
El procedimiento también define qué se hace cuando el control falla. Si la verificación de una superficie sale mal, la acción correctiva forma parte del procedimiento, no de la improvisación del día.